sábado, 27 julio, 2024

Aseguran la continuidad de los brigadistas del Parque Lanín: Figueroa hizo el pedido a Nación

La tensa situación que aquejaba a un grupo de 18 brigadistas del Parque Nacional Lanín que, no tenían certezas sobre la continuidad laboral tras el cambio de gobierno nacional, se destrabó en las últimas horas. El gobierno de Neuquén informó que el acuerdo se llegó tras un pedido personal del gobernador Rolando Figueroa al ministro del Interior, Guillermo Francos.

«Rolando Figueroa conversó con Guillermo Francos. Los contratos de los brigadistas del Parque Nacional Lanín serán renovados», difundieron desde Provincia.

Hasta el momento se sabía que las relaciones laborales terminaban este 31 de diciembre y se temía que no fueran renovados, pero entrarán en la excepción y seguirán trabajando. Sobre el acuerdo, la administración de Figueroa subrayó la predisposición del ministro Francos.

La problemática había irrumpido en la agenda de Figueroa en medio del estado de emergencia ígnea y posibilidades de incendios forestales durante el verano. El rol de los brigadistas en el control, prevención y combate del fuego, es clave en el Parque Nacional Lanín.

Para cubrir la seguridad del parque y en tanto se formaliza la continuidad de los contratos por parte de Nación, el gobierno de Neuquén ya envió personal y un helicóptero a la zona cordillerana que tendrá como centro operacional San Martín de los Andes.

El acuerdo conseguido con Francos además de la prolongación de los 18 contratos incluye la incorporación de otros brigadistas por 90 días y también la eventual afectación de otros dos helicópteros, que llegarán a la zona para ponerse a disposición de cualquier emergencia.

Según se informó los brigadistas del Parque Nacional Lanín fueron incluidos en el inciso C del artículo segundo del decreto 84/2023, con el que el Ejecutivo Nacional dispuso la no renovación de los contratos.

El punto mencionado se refiere a las excepciones, es decir las renovaciones, y expresa literalmente lo siguiente: “Personal que el titular de cada jurisdicción evalúe que resulte indispensable para el funcionamiento de la jurisdicción, de manera restrictiva y fundada y que su continuidad es necesaria por razones impostergables de funcionamiento”.

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