«Ninguna de las partes acusadoras ni tampoco los diferentes jueces intervinientes lograron precisar cuál sería el delito investigado», señaló el juez de Casación Penal, Carlos Mahiques.
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La ingestigación del «Operativo puf» comenzó con escuchas en la cárcel de Ezeiza.
Telam
La Sala II de la Cámara Federal en lo Penal de la Capital Federal resolvió declarar nula la cusa conocida como «Operativo puf» por ausencia de delito. El caso comenzó a partir de una serie de escuchas realizadas a exfuncionarios del kirchnerismo mientras estaban presos: Roberto Baratta y Juan Pablo Schiavi. En ellas se mantenían conversaciones con Eduardo Valdés, Carlos Zelkovicz y Claudio Minnicelli.
En su momento, esos audios se hicieron públicos. En uno de ellos, el diputado Eduardo Valdés le dice al entonces detenido Juan Pablo Schiavi que “va a haber novedades”, y que “Bonadio, Stornelli, puf”, famosa frase que le dio nombre al expediente.
El juez de Casación Penal, Carlos Mahiques, sentenció al respecto: “Tras casi seis años desde que iniciaron las actuaciones, ninguna de las partes acusadoras ni tampoco los diferentes jueces intervinientes lograron precisar cuál sería el delito investigado en autos o a qué tipo penal correspondería subordinar legalmente las ‘maniobras’ investigadas”.
La denuncia había sido presentada por el fiscal Carlos Stornelli, junto a las diputadas Elisa Carrió, Paula Oliveto y Mariana Zuvic, contra el diputado Eduardo Valdés, el juez Juan María Ramos Padilla y Juan Pablo Schiavi.
La resolución judicial concluye de manera categórica, también en palabras de Mahiques: “Ninguna de las conductas denunciadas constituían delito».
Con esta decisión, la Cámara Federal puso fin a un expediente que tuvo alta repercusión política y mediática, pero en el que nunca se produjeron citaciones a declarar a ninguno de los denunciados.
«Operativo puf»: el fiscal explicó que la investigación no debía seguir adelante porque las escuchas fueron ilegales
Dos años atrás, el fiscal Franco Picardi dictaminó que las conversaciones de presos que se usaron como prueba en esa investigación no pueden ser avaladas porque fueron ilegales.
“Las escuchas y transcripciones mencionadas carecen de entidad para ser consideradas válidas de conformidad con las reglas de la exclusión de la prueba -y de las nulidades-, por cuanto se trata de prueba ilícita, y su obtención y utilización vulnera el derecho a la intimidad y a la privacidad”, había explicado el fiscal en un escrito.
“No surgen del caso posibles fuentes independientes que permitan la incorporación de la prueba aquí cuestionada: la transcripción y filtración de escuchas ordenadas por fuera de una orden judicial no resulta lícita, un juez no puede autorizar escuchas ni dispensarlas ex post, y ningún artículo o nota periodística puede servir tampoco como sustento para requerir el producido de intervenciones telefónicas que no fueron realizadas en el estricto marco que delimitaba una orden judicial”, afirmó Picardi.
La denuncia del “Operativo puff” se originó a raíz de las interceptaciones telefónicas hechas por un juez de Lomas de Zamora, Federico Villena, para conocer los diálogos en prisión del narcotraficante Mario Segovia, conocido como el “Rey de la efedrina”, a raíz de la sospecha de que estaba planificando un atentado con explosivos. Villena autorizó el pedido de la AFI para escuchar a Segovia en un teléfono público que usaban otros presos. La AFI lo hizo y se lo reportó al juzgado. Pero también se grabaron conversaciones de otros detenidos, que no estaban en foco en la investigación.