miércoles, 3 junio, 2026

Confirman el procesamiento de Luis Pilquimán por cobrar el Potenciar Trabajo mientras era funcionario nacional

La Cámara Federal confirmó el procesamiento del exvicepresidente del INAI, Luis Pilquimán, por percibir el programa Potenciar Trabajo mientras se desempeñaba como funcionario nacional.

La Sala I de la Cámara Federal de Buenos Aires confirmó el procesamiento de Luis Pilquimán, exvicepresidente del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) y dirigente indígena de Río Negro, por haber percibido el programa Potenciar Trabajo mientras ocupaba un cargo en el Gobierno nacional.

Según informaron fuentes judiciales, la misma decisión alcanzó a José Luis Castillo, exdirector nacional de Apoyo a las Organizaciones de la Agricultura Familiar, Campesina e Indígena. Ambos fueron acusados de haber cobrado beneficios sociales de manera incompatible con sus funciones como integrantes del Estado.

Pilquimán, oriundo de Pilcaniyeu, en Río Negro, integró la conducción del INAI como segundo de la exsenadora rionegrina Magdalena Odarda. La investigación judicial estableció que percibió el programa Potenciar Trabajo desde febrero de 2020, cuando asumió el cargo nacional, hasta julio de 2021.

Durante ese período, recibió simultáneamente el salario correspondiente a su función pública y los haberes del plan social destinado a personas en situación de vulnerabilidad económica.

La Cámara Federal modificó la calificación legal aplicada en primera instancia. Inicialmente, ambos exfuncionarios habían sido procesados por defraudación contra la administración pública y falsedad ideológica. El tribunal de apelaciones consideró que la conducta debía encuadrarse en el delito de apropiación indebida de beneficios sociales.

En el caso de Castillo, la percepción del beneficio se extendió entre febrero de 2020 y marzo de 2022, mientras ocupaba funciones dentro del Ministerio de Agricultura.

La investigación se apoyó en la normativa del programa Potenciar Trabajo, que establece que el beneficio debe darse de baja cuando los organismos competentes detectan que el titular dejó de reunir las condiciones de vulnerabilidad exigidas para acceder a la asistencia.

El procesamiento no implica una condena, pero supone que la Justicia encontró elementos suficientes para considerar que existen indicios de la comisión de un delito y avanzar hacia una eventual instancia de juicio oral.

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