Josué Jaramillo fue condenado a 8 años de prisión efectiva por el homicidio de Sebastián Duarte Vargas, ocurrido el 2 de mayo en El Choconcito, Centenario. El imputado reconoció su culpabilidad en un juicio abreviado.
La Justicia neuquina condenó hoy a Josué Jaramillo a la pena de 8 años de prisión de cumplimiento efectivo por el homicidio de Sebastián Duarte Vargas. La resolución se dictó mediante un acuerdo de juicio abreviado impulsado por la fiscal del caso Lorena Juárez y el asistente letrado Maximiliano Jávega.
Durante la audiencia, el imputado admitió su culpabilidad en el hecho, lo que permitió que las partes acordaran la pena. El tribunal colegiado, integrado por los jueces Lucas Yancarelli, Juan Guaita y Juan Kees, homologó el acuerdo y declaró la primera reincidencia de Jaramillo, debido a que ya contaba con antecedentes penales computables.
La querella particular, que intervino en representación de la familia de la víctima, prestó su total conformidad tanto con la declaración de responsabilidad como con la pena impuesta.
El homicidio ocurrió el pasado 2 de mayo de 2026, alrededor de las 18:30 horas, en el sector conocido como El Choconcito, en la localidad de Centenario. Según la teoría del caso que logró acreditar el Ministerio Público Fiscal (MPF), la secuencia comenzó cuando Sebastián Duarte Vargas se encontraba junto a familiares y conocidos frente a una vivienda de la zona. Josué Jaramillo pasó caminando por el lugar insultando al grupo y comenzó una discusión verbal con una de las personas, a quien terminó dándole una cachetada. Al ver la agresión, Duarte Vargas intervino para defender a su conocido. En ese instante, Jaramillo extrajo un cuchillo de cocina y le asestó una puñalada en la zona abdominal, para luego escapar corriendo. La víctima fue trasladada de urgencia al hospital Castro Rendón de Neuquén capital. A pesar de la atención médica, falleció horas más tarde debido a una hemorragia masiva provocada por la lesión en su aorta abdominal.
Para fijar la pena de 8 años por el delito de homicidio simple en carácter de autor, la fiscalía y la defensa consideraron distintos factores. Como elemento agravante, se computaron los antecedentes penales condenatorios que Jaramillo ya tenía en su haber. Por otro lado, se valoraron como atenuantes el hecho de que el acusado asumiera su responsabilidad de forma voluntaria en la audiencia y que, tras el crimen, se hubiera presentado por sus propios medios ante las autoridades policiales.
