miércoles, 13 mayo, 2026

Nación aprobó el ingreso al RIGI del proyecto que ampliará el Gasoducto Perito Moreno

La empresa Transportadora de Gas del Sur (TGS) fue autorizada a adherirse al Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI) para ampliar el gasoducto Perito Moreno, con una inversión de US$550 millones que permitirá inyectar más gas desde Vaca Muerta.

El Gobierno nacional, mediante la publicación en el Boletín Oficial, comunicó la aprobación de la adhesión de la empresa Transportadora de Gas del Sur (TGS) al Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI) para avanzar con el proyecto de ampliación del Gasoducto Perito Moreno, antes conocido como Gasoducto Néstor Kirchner.

La iniciativa prevé una inversión de US$550 millones con el objetivo de incrementar la capacidad de transporte de gas desde Vaca Muerta. Según la Resolución 676/2026 del Ministerio de Economía, la obra consiste en la instalación de 95.400 HP ISO de potencia de compresión sobre la traza que se extiende desde Tratayén, en Neuquén, hasta Salliqueló, en Buenos Aires.

El plan de inversión declarado por TGS asciende a US$550 millones, de los cuales US$513.372.867 corresponden a activos computables para el régimen. La empresa se comprometió a contratar proveedores locales por un monto no menor al 20% de la inversión total.

Los plazos estimados indican que la obra durará aproximadamente 18 meses, con inicio en noviembre de 2025 y puesta en operación prevista para el 1 de abril de 2027. Durante los primeros dos años, el Vehículo de Proyecto Único (VPU) debe acreditar una inversión en activos computables igual o superior al 40% del monto mínimo, cumplimiento que deberá alcanzarse antes del 31 de diciembre de 2026.

La resolución destaca que el Banco Central (BCRA) concluyó que la demanda de divisas del proyecto no afecta la sostenibilidad del sector externo ni las reservas internacionales. Además, la empresa manifestó que el financiamiento corre por su exclusiva cuenta y riesgo.

TGS no solicitó el beneficio de libre disponibilidad de divisas de cobros de exportaciones, previsto en el artículo 198 de la Ley 27.742, aunque accederá a otros incentivos tributarios, aduaneros y cambiarios que el régimen otorga.

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