El gobierno nacional flexibilizó el Régimen de Aduana en Factoría (RAF) mediante el Decreto 252/2026, permitiendo que toda la industria acceda a beneficios arancelarios para importar insumos, eliminando trabas burocráticas y ampliando el alcance que antes era exclusivo del sector automotriz.
Mediante el Decreto 252/2026, el gobierno nacional flexibilizó y amplió el Régimen de Aduana en Factoría (RAF), permitiendo que toda la industria, y no solo el sector automotriz, importe insumos con beneficios arancelarios y sin pagar impuestos por adelantado. El objetivo es facilitar y promover el acceso a los insumos importados y eliminar barreras administrativas que establecía el antiguo régimen.
Para la provincia del Neuquén, epicentro de la actividad en torno a los hidrocarburos no convencionales, esta normativa representa una reformulación de las reglas de juego para la integración de valor local en las cadenas globales. Este régimen, originalmente creado en 2002 mediante el Decreto 688, es un instrumento diseñado para facilitar la producción industrial con fines exportadores y mejorar la competitividad de las empresas radicadas en el país. Sin embargo, hasta la promulgación del Decreto 252/2026, los requisitos burocráticos limitaban el acceso al RAF.
El nuevo esquema permite a las empresas importar insumos y materias primas sin pagar derechos de importación ni impuestos al momento del ingreso, siempre que se utilicen en un proceso productivo. Su principal beneficio es financiero (diferimiento de pagos) y de competitividad, ya que los tributos se eximen si el producto final se exporta, o se pagan recién al momento de la venta cuando la operación es en mercado interno.
Con la nueva normativa pueden optar por acogerse al régimen:
- Personas humanas o jurídicas, titulares de establecimientos industriales radicados en el país.
- Proveedores asociados a dichos establecimientos, quienes podrán importar mercaderías para ser integradas en procesos productivos de bienes intermedios destinados al bien final del titular del RAF.
Los interesados deben interponer una solicitud ante la Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa del Ministerio de Economía y la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). Para que la solicitud sea aprobada, el peticionante debe acreditar solvencia patrimonial, cumplimiento fiscal y esperar un plazo de resolución máximo de 60 días.
Existen diferencias notorias entre el esquema vigente hasta la semana pasada y la nueva normativa:
- Régimen de Garantías: Se flexibilizó la constitución de garantías, eliminando la obligatoriedad de una “garantía global única”. Ahora los beneficiarios deben constituir garantías conforme al Código Aduanero y la Resolución General 3885/2016.
- Eliminación de barreras burocráticas: Ya no es necesaria la suscripción de un “acta-convenio” con entidades gremiales, lo que obstaculizaba el libre acceso y restringía la competencia.
- Facilitación de Importaciones para la Producción: El régimen permite a titulares de establecimientos industriales y a sus proveedores asociados importar mercaderías para ser integradas a un proceso productivo.
El DNU entrará en vigencia dentro de los 60 días desde su publicación, plazo en el cual ARCA y la Secretaría de Industria de la Nación deberán dictar las normas complementarias y reglamentarias. La medida busca apuntalar el volumen de exportaciones y la competitividad de la economía nacional, apostando a que la eliminación de terceros intervinientes y la reducción de costos de transacción incentiven la inversión privada y la generación de empleo en el sector manufacturero exportador.
