El proyecto complementa el RIGI original y apunta a inversiones superiores a USD 1.000 millones en sectores como litio, hidrógeno verde y GNL onshore.
El Gobierno nacional envió al Congreso el proyecto conocido como Súper RIGI, una herramienta de incentivo a grandes inversiones que complementa el Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI) aprobado en la Ley Bases. El nombre formal del proyecto es Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones en Nuevas Industrias.
Según el anuncio oficial, el objetivo es atraer capitales para sectores capaces de transformar la matriz productiva nacional, agregar valor a los recursos naturales y generar nuevas cadenas industriales vinculadas a energía, minería, tecnología, infraestructura digital y economía del conocimiento. Entre las actividades que podrían quedar alcanzadas aparecen la cadena de valor del litio, la manufactura de baterías, el hidrógeno verde o de bajas emisiones, el GNL onshore, los reactores nucleares pequeños y medianos, la producción de paneles solares y turbinas eólicas, los vehículos 100% eléctricos, nuevos productos petroquímicos, productos para la industria aeroespacial, cadena de valor del uranio, productos industriales derivados de la pesca y fertilizantes de potasio o fósforo.
El Súper RIGI no reemplaza al RIGI original, lo complementa. El RIGI vigente fue diseñado para grandes inversiones en sectores estratégicos como minería, petróleo, gas, energía, infraestructura, siderurgia, tecnología, turismo e industria forestal. El nuevo esquema se concentra en actividades nuevas, emergentes o de frontera tecnológica, sin antecedentes relevantes en el país o con desarrollo incipiente. La autoridad de aplicación tendrá un rol decisivo al evaluar qué proyectos califican.
El piso de inversión mínimo es de USD 1.000 millones por proyecto, y las empresas deberán ejecutar al menos el 20% de ese monto durante los primeros dos años desde la adhesión. En materia fiscal, el proyecto reduce la alícuota del Impuesto a las Ganancias al 15% (contra el 25% del RIGI), incorpora una amortización acelerada (60% el primer año, 20% el segundo y 20% el tercero), y permite deducir quebrantos sin límite temporal. También incluye exención de derechos de exportación desde el inicio y arancel cero para importaciones necesarias para la puesta en marcha del proyecto.
El régimen mantiene la estabilidad normativa por 30 años, que alcanza aspectos tributarios, aduaneros, cambiarios y regulatorios. La libre disponibilidad de divisas provenientes de exportaciones es progresiva: 20% después del primer año, 40% luego del segundo y 100% a partir del tercero.
Para su implementación, las provincias y municipios deberán adherir y aceptar condiciones específicas: una alícuota de Ingresos Brutos de hasta 0,5% y un esquema de tasas municipales no vinculado directamente a las ventas. En relación con proveedores locales, el proyecto establece que no se podrán imponer compras locales si las condiciones resultan menos favorables que las de mercado.
Para Río Negro, el debate es relevante por su ubicación estratégica, salida al mar, cercanía con Vaca Muerta, potencial minero e infraestructura energética en desarrollo. La provincia deberá evaluar las condiciones para atraer inversiones que generen empleo, proveedores y desarrollo territorial.
El proyecto debe ser tratado por el Congreso. Hasta su aprobación, el Súper RIGI no está vigente.
